18 de agosto de 2007

El Pacto Andino

El PACTO ANDINO

A) Origen

El 26 de Mayo de 1969, Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador y Perú firmaron el Acuerdo de Cartagena que dio origen al Grupo Andino. El 13 de Febrero de 1973 se adhirió Venezuela. El 30 de Octubre de 1976, Chile se retiró del Acuerdo. El 10 de Marzo de 1996 se reestructura institucionalmente y toma el nombre de Comunidad Andina, que entra en vigencia en Junio de 1997.

La Comunidad Andina surge al constatarse las limitaciones que había para los países de mercados insuficientes o de menor desarrollo relativo de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC), órgano regional convertido posteriormente en ALADI y al que pertenecen los conformantes de la Comunidad Andina. En el periodo que abarca desde 1969 hasta el presente, el mundo y el continente han experimentado cambios fundamentales. El proceso de globalización de la economía y de la sociedad se han convertido en un fenómeno natural.

El desarrollo de las telecomunicaciones y tecnologías modernas, la introducción de nuevas formas de organizar la producción, la desaparición de la bipolaridad y la entronización de la sociedad capitalista ya son elementos de una cultura cada vez más planetaria.

Como respuesta a esta globalización económica, social y cultural emergen bloques económicos de magnitud continental. La producción y el comercio mundial cada vez se concentran más en un grupo de economías.

Los procesos de integración evolucionan rápidamente hacia la conformación de un espacio más abierto al intercambio de bienes. A nivel del continente americano, existe la intención de iniciar la construcción de una zona de libre comercio a partir. La negociación conducente a este objetivo demanda de un trabajo disciplinado y ordenado de parte de los países y grupos que en él intervienen.

Este espacio continental será heterogéneo y sus focos de atracción resultarán cada vez más evidentes. El grupo Andino puede y debe aspirar a transformarse en uno de estos focos. Su participación activa es este proceso es condición necesaria para el desarrollo de una integración continental más acabada y dinámica, cuyo marco y objetivo sea la creación de la Zona de Libre Comercio de las América.

B) Antecedentes

Los antecedentes se remontan al 26 de mayo de 1969, cuando un grupo de países sudamericanos del área andina suscribieron el Acuerdo de Cartagena, también conocido como Pacto Andino, con el propósito de establecer una unión aduanera en un plazo de diez años. A lo largo de casi tres décadas, el proceso de integración andino atravesó por distintas etapas. De una concepción básicamente cerrada de integración hacia adentro, acorde con el modelo de sustitución de importaciones, se reorientó hacia un esquema de regionalismo abierto.

El impulso político es la intervención directa de los presidentes en la conducción del proceso dentro del nuevo modelo, impulsó la integración y permitió alcanzar los principales objetivos fijados por el Acuerdo de Cartagena, como la liberación del comercio de bienes en la Subregión, la adopción de un arancel externo común, la armonización de instrumentos y políticas de comercio exterior y de política económica, entre otros.

El grado de avance alcanzado por la integración y los nuevos retos derivados de los cambios registrados en la economía mundial, plantearon la necesidad de introducir reformas en el Acuerdo de Cartagena, tanto de carácter institucional como programático, lo que se hizo por medio del Protocolo de Trujillo y el Protocolo de Sucre, respectivamente.

Las reformas institucionales le dieron al proceso una dirección política y crearon la Comunidad Andina (CAN) y el Sistema Andino de Integración (SAI). Las reformas programáticas ampliaron el campo de la integración más allá de lo puramente comercial y económico.

A partir del 1 de agosto de 1997 inició sus funciones la Comunidad Andina con una Secretaría General de carácter ejecutivo, cuya sede está en Lima (Perú). Se formalizó también el establecimiento del Consejo Presidencial Andino y del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores como nuevos órganos de orientación y dirección política. La Comisión comparte su facultad legislativa con el Consejo de cancilleres y está facultada a celebrar reuniones ampliadas con los ministros sectoriales.

C) Definición

La comunidad Andina es una organización subregional con personería jurídica internacional constituida por Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela y compuesta por los órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración (SAI). Ubicados en América del Sur, los cinco países andinos agrupan a más de 113 millones de habitantes en una superficie de 4.710.000 kilómetros cuadrados, cuyo Producto Bruto Interno ascendía en el 2000 a 270 mil millones de dólares. El proceso integracionista andino es sin ninguna duda una de las experiencias mas interesantes y jurídicamente mas avanzadas del continente. Su estructura institucional y los mecanismos de toma de decisiones se inspiran desde su creación en la experiencia europea, teniendo un carácter supranacional dentro del sistema de la ALALC. El profesor e antiguo juez del tribunal andino Luis Carlos Sáchica dice que el problema de la integración es de poder, quiere decir, político. La característica de la integración es su formula de repartir poder entre los estados que se vinculan al proceso integracionista y la organización que debe adelantarlo, lo esencial en estos proceso es la creación de un único y nuevo centro de decisión, con competencia de atribución es especifica en aspectos económicos, con fuerza subordinante sobre los estados que le cedieron tales poderes y, consecuentemente, con jurisdicción espacial en el ámbito territorial de estos y que la dimensión especial de la integración es consecuencia del fenómeno político, redistribución, superposición y Jerarquización de poderes, sumisión de los pueblos y de sus estados al derecho que producen el nuevo centro decisorio.

A pesar de que los resultados no corresponden exactamente a las metas establecidas por los Estados partes en los tratados constitutivos y que en proceso allá pasado por periodos de crisis profundas las experiencias adquiridas por los países integrantes, así como los beneficios obtenidos, permiten prever el mantenimiento del proyecto y su evolución gradual y continuo.

Perfil de la comunidad andina:

La Comunidad Andina es un organismo de integración económica y social constituido por Bolivia, Colombia, Perú y Venezuela y compuesto por los órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración.

Sus antecedentes se remontan al 26 de mayo de 1969, fecha en la que se suscribió el Acuerdo de Cartagena, tratado sucesivamente hasta culminar con el establecimiento de la Comunidad Andina en junio de 1997.

Los cinco Estados Miembros tienen una superficie aproximada de 4.710.000 kilómetros cuadrados, que se extienden desde las costas del Caribe hasta las del Pacífico, en una región articulada por la Cordillera de los Andes, rica en recursos energéticos, minerales, ictiologías, agrícolas y forestales.

La población de la Comunidad Andina asciende a unos 105 millones de habitantes y el Producto Bruto Interno supera los 286 mil millones de dólares. En 1998, las exportaciones andinas al mundo totalizaron 38.000 millones de dólares y las intracomunitarias se ubicaron en 5600 millones de dólares, manteniendo tasas interrumpidas de crecimiento a lo largo de la década.

D) Objetivos

La integración económica de los países miembros del grupo andino, pretende generar un mercado de libre comercio a mediano plazo, que permita la desgrabación arancelaria y la eliminación gradual de las restricciones del comercio integracionista, bajo un esquema de máximo reconocimiento a los componentes de producción y sistemas de desarrollo intrazonal.

El éxito de éstos procesos integracionistas se apoyan en buena medida, en el diseño y aplicación de políticas económicas de unificación de mercados y eliminación de discriminaciones arancelarias y para-arancelarias que obstaculizan la movilidad y el intercambio de bienes y servicios entre los diferentes países partícipes. Los procesos integracionistas, suponen la reformulación del concepto político de soberanía nacional y la armonización subregional de los principios que integran las relaciones de derecho comercial.

La integración económica y la expansión de los mercados traen consigo el surgimiento inevitable de múltiples desavenencias poco provechosas para los objetivos de intercambio regional que deben ser solucionadas de manera rápida y justa a fin de preservar las relaciones comerciales de los hombres de negocio internacional.

El objeto de constituir el mercado común es muy ambicioso, considerando que las etapas anteriores no fueron totalmente constituidas. Con toda esto los países andinos están comprometidos en alcanzarlo con la intención de preservar dentro de la comunidad los acuerdos preferenciales. Así mismo este objetivo común esta enfocado en:

  • Promover el desarrollo equilibrado y armónico de sus Países Miembros en condiciones de equidad, mediante la integración y la cooperación económica y social.
  • Acelerar su crecimiento y la generación de empleo.
  • Impulsar su crecimiento y la generación de empleo.
  • Impulsar su participación en el proceso de integración regional con miras a la formación gradual de un mercado común latinoamericano.
  • Disminuir la vulnerabilidad externa y mejorar la posición de los Países miembros en el contexto económico internacional.
  • Procurar el mejoramiento persistente en el nivel de vida de sus habitantes.

Con frecuencia, los propósitos integracionistas de mercados nacionales e internacionales presentan en su desarrollo el surgimiento de variados conflictos que por su naturaleza dificultan elegir la jurisdicción competente, entendida como la determinación del órgano jurisdiccional ante el cual se debe impulsar la contienda, así como el derecho de fondo aplicable a la litis, sin olvidar, la aflictiva situación postprocesal que corresponderá incoar para el cumplimiento y ejecución coactiva de una eventual sentencia favorable a las pretensiones de condena en un Estado extranjero.

El incumplimiento de las obligaciones contractuales, la variación de los precios de las mercaderías, la deficiente calidad de los bienes y servicios contratados, las restricciones monetarias y dificultades de transporte, los tratamientos preferenciales, las prácticas de competencia desleal, la estructura de los sistemas de pago multilaterales, son controversias sustanciales del marcado de integración Andino. La seguridad jurídica en la solución de las controversias internacionales adquiere singular importancia para inversores, operadores económicos y empresarios del sector privado, que no están en condiciones de soportar –por razón de controversias no solucionadas o malzanjadas un inútil derroche de tiempo, esfuerzo y dinero. Por ello, resulta de indudable valía el desarrollo de un sistema de solución de controversias de plena vigencia comunitaria, que permita atender adecuadamente las diferencias del comercio Andino, a través de la institucionalización del arbitraje y la conciliación, que como sistemas alternativos de solución de conflictos se fundamentan en la voluntad privada de los contratantes de someter la solución de sus contrariedades a la decisión final o facilitación de un tercero calificado e imparcial.

La consensualidad e inmediatez de los sistemas alternativos fomentan el buen juicio entre las partes y fortalecen el mantenimiento de las relaciones comerciales internacionales, inmejorablemente avenidos por la aplicación del arbitraje y la conciliación. Desde luego, que las economías de los países miembros del Acuerdo de Cartagena sucumben ante el endeudamiento externo, la recesión de las actividades económicas, el incremento alarmante de los índices de desempleo, el cierre unilateral de las fronteras subregionales, la fuga de capitales nacionales, la cada vez menor inversión de capitales extranjeros, el fraccionamiento de las normas legales y la confrontación entre la primacía de la norma nacional interna de un país frente a las decisiones de un Tribunal Arbitral Internacional, que ciertamente causan algún grado de temor entre los comerciantes plurilaterales y protagonistas empresariales de la economía Anida, que esperan encontrar en el arbitraje y la conciliación una adecuada respuesta legal y comercial, ajena a la paternidad Estatal y sintonizada con las necesidades del tráfico mercantil internacional Andino. Así las cosas, se hace necesario, desde el seno del Tribunal Andino de Justicia promover políticas comunes que reactiven la economía para el bienestar andino y fortalecer los mecanismos alternativos de solución de controversias que ofrezcan mejores perspectivas para la solución de las diferencias comerciales internacionales.

Clases. capítulos

Tema IV.
Acepciones de la palabra Derecho.

Definición. Es el arte-ciencia de lo mandado por lo racional y lo bueno y que se manifiesta por medio de la Ley.

Clasificación del Derecho
  • Derecho Positivo.
  1. Derecho Objetivo
  2. Derecho Subjetivo
Fines del Derecho.
  • Justicia
  • Bien Comun
  • Seguridad Juridica

TEMA V.
La Ley.

Es la permanencia en el acontecer y de venir.

Norma.
Es la relación imperativa de una relación necesaria. Por tanto, expresa un deber, precisamente porque está fundada en el bien, es una regla de conducta OBLIGATORIA.

Tipos de Normas.
  • Normas Morales
  • Normas Jurídicas
  • Normas Religiosas
Estructura Lógica de las Normas.
  • Supuesto de Hecho
  • Consecuencia Jurídica
Características de las Normas Juridicas.
  • Abstraccion y generalidad.
  • Imperatividad.
  • Legitimidad.
  • Sanción.
Pirámide de Kelsen.
"Una norma jurídica vale como norma sólo porque fue dictada en una forma bien determinada porque fue producida de acuerdo con una regla bien determinada, porque fue establecida según un método específico. La norma fundamental es aquella con arreglo a la cual son creadas todas las otras normas.

TEMA VI.
Ambito Temporal y Espacial de la Norma Jurídica.

Ambito Temporal.
El principio general dentro de nuestra legislación es señalado por el artículo 1 del código civil, es que el inicio de la vigencia de la Ley coincide con la publicación de la gaceta oficial, o con el de la fecha posterior a la que ella misma indique.

Ambito Espacial.
En principio debe sostenerse que todo sistema jurídico es vigente en el territorio para el cual fue dictado. Aquel espacio físico dentro del cual tiene validez un determinado sistema jurídico.

TEMA VII.
Las fuentes del Derecho.

Se entiende por fuente los principales medios, modos, maneras o procedimientos por los cuales se elaboran las reglas del derecho positivo.

Clasificación de las fuentes.
  • Ley
  • Costumbre
  • Jurisprudencia
  • Doctrina

TEMA VIII.
La relación Jurídica.

Elementos integrantes de la relación jurídica.

Elemento material
  • Relación social o de hecho.
  • Sujetos de la relacion
  • Objeto o porpósito de la relación
Elemento formal
  • La norma jurídica
  • La consecuencia jurídica
Protagonistas
  • La persona humana
  1. Individual
  2. Colectiva

TEMA IX.
Sujetos de Derecho.


Las personas son capaces de obligarse y ser obligados jurídicamente.

Personas naturales. Corresponde a todos los seres humanos.
Personas jurídicas. Grupo de personas que giran en torno a un objetivo común.

TEMA X.
El objeto.

El objeto del derecho es todo lo que se nos presenta existiendo fuera del sujeto; tanto las cosas materiales como las inmateriales y las acciones humanas.

Entidades susceptibles a ser objeto del derecho:
  • Las cosas susceptibles de ser materia de una relación jurídica, quedando incluídas todas las categorías de cosas que se parecen.
  • El comportamiento humano manifestado en una acción o omisión.
  • La propia persona ( derechos inherentes a la personalidad, la tutela y la patria potestad)
TEMA XII.
El hecho jurídico.

Es todo acontecimiento que hace nacer, transmitir, modificar o extinguir un derecho. Tambien se conoce como todo acontecimiento que tiene consecuencia jurídica.

Causalidad Jurídica.
En el mundo de los fenómenos físicos existe la Ley de Causalidad, la cual se caracteriza porque dado un conjunto de antecedentes determinados se ha de producir necesariamente una consecuencia determinada.

TEMA XII.
Contrato o Negocio jurídico.

Establece distintos aspectos generales sobre las negociaciones de compra-venta, contrataciones, enrte otras.